Hoy, Día Mundial de la Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato a la vejez, cabe realizar un llamamiento por el que hacer patente la necesidad de luchar contra este problema que afecta a gran parte de la sociedad.
Así, en esta fecha, conviene reflexionar sobre la necesidad de tomar conciencia como sociedad de la existencia de maltrato a personas mayores al igual que ya existe sobre otros colectivos víctimas de este mal tales como mujeres (violencia de género), menores o discapacitados. Y es que, al igual que en dichos sectores, en las personas mayores existe también un interés superior a proteger que se justifica en la vulnerabilidad que conlleva el envejecimiento.
De igual modo, cabe hacer una invitación a los poderes públicos para que sopesen la necesidad de impulsar una estrategia que, de modo transversal (como ya han realizado con otros sectores), aborde la lucha contra el maltrato a las personas mayores contemplando ámbitos tales como la detección del maltrato en el ámbito sanitario, asistencial, domiciliario; la elaboración de protocolos de actuación en materia de prevención; la realización de campañas de concienciación; el fomento desde el ámbito de la enseñanza infantil del respeto y valor de las personas mayores; la promoción de la solidaridad vecinal; la creación de foros de debate referidos sobre el desarrollo de los derechos-obligaciones paterno-filiales respecto de los padres ancianos…
Desde la perspectiva jurídica, y dentro de esa estrategia transversal de lucha contra el maltrato, debe urgirse a los poderes públicos sobre la necesidad de legislar en materia de maltrato a personas mayores (a día de hoy prácticamente inexistente) incorporando y desarrollando la definición de maltrato dada por la Organización de Naciones Unidas en su declaración de Toronto el 2 de noviembre de 2002, definición de la que se concluye lo siguiente:
– Que el maltrato a personas mayores puede cometerse tanto por acción u omisión (entendiendo por una sola acción hechos tales como gritar, amedrentar, intimidar…; o por omisión: a través de la no realización de actos tales como el prestar la ayuda debida).
– Que puede darse tanto en el ámbito domiciliario como institucional, ya que el maltrato se produce donde existe una relación de confianza (relación que se da entre padres mayores e hijos, abuelos y nietos, usuarios y trabajadores de centros residenciales y de día).
– Que el daño o angustia que lleva cualquier tipo de maltrato es más fácil de causarse en mayores que en adultos o jóvenes por la propensión a la vulnerabilidad que se produce en la vejez.
Cabe concluir, sin duda alguna, que una mayor conciencia y compromiso social (el de cada uno de nosotros) sobre este problema y que una iniciativa pública que adopte medidas trasversales, incluyendo las legislativas, contribuirán de manera más que efectiva a promover el objetivo deseado: la cultura del buen trato a las personas mayores.
DERECHO DE MAYORES ABOGADOS.
Eduardo Ortega Hernández.
Abogado Especializado en Derecho de Mayores